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Acuerdo

Términos y condiciones para proveedores de clientes potenciales

Empresa contratante: CTC ProCare Services, LLC. CTC One Stop y CTCOneStop.com son el sitio web y la plataforma de la Empresa. Versión 1.0 · October 17, 2026

Términos vigentes utilizados por CTC ProCare Services, LLC.

Aceptar estos términos junto con una solicitud de Proveedor registra su aceptación de la Versión 1.0 únicamente. No aprueba al solicitante, crea una relación laboral, activa el acceso al portal ni autoriza la gestión de clientes potenciales, el intercambio con socios, los ingresos por referencias ni los pagos. Cualquier esquema de compensación y autorización operativa se aceptan por separado y posteriormente.

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Lea y conserve este documento antes de aceptarlo. Preguntas: info@ctconestop.com .

  1. 1. Partes, plataforma y fecha de entrada en vigor

    Estos Términos y Condiciones para Proveedores de Contactos de Clientes Potenciales (el "Acuerdo") se celebran entre CTC ProCare Services, LLC ("Empresa" o "CTC") y la entidad comercial o el empresario individual identificado en el registro de aceptación ("Proveedor"). CTC One Stop y el sitio web CTCOneStop.com son el sitio web/plataforma y el programa de la Empresa; no son partes contratantes independientes en virtud de este Acuerdo.

    La persona solicitante debe aceptar expresamente este Acuerdo antes de presentar una solicitud como Proveedor. Las obligaciones de la etapa de solicitud, incluidas la veracidad de la información presentada, la confidencialidad, el uso permitido de los datos y las facultades limitadas, se aplican a partir de la aceptación y la presentación. Las disposiciones que rigen los servicios operativos del Proveedor y su remuneración se aplican únicamente después de la aprobación separada de la Empresa, la aceptación de la tabla de remuneración aplicable y la activación autorizada. Aceptar estas condiciones o presentar una solicitud no implica la aprobación de la persona solicitante, no crea una relación laboral, no autoriza el trabajo de captación de clientes potenciales ni activa el acceso al portal.

  2. 2. Alcance limitado de los servicios

    Tras recibir una autorización operativa por separado, el Proveedor podrá identificar clientes potenciales y presentar a la Empresa información precisa sobre ellos, obtenida con permiso, únicamente para las categorías, los territorios y los canales de captación que la Empresa haya autorizado. Solo la Empresa revisa los clientes potenciales y decide si los asigna a socios receptores y a cuáles.

    El Proveedor no puede seleccionar ni asignar socios receptores, aceptar un caso por cuenta de un socio, obligar legalmente a la Empresa ni a ningún socio, firmar acuerdos en su nombre, modificar sus términos, cobrar fondos de clientes, autorizar reembolsos, incurrir en gastos a cargo de la Empresa, llegar a acuerdos para resolver reclamaciones ni otorgar garantías en su nombre sin una autorización específica, legal y por escrito.

    El registro como Proveedor no constituye una compra de clientes potenciales a CTC ni promete remisiones de clientes, trabajos de servicio o acceso a la base de datos de clientes de CTC. Un Proveedor que también desee recibir clientes potenciales asignados debe celebrar un acuerdo de socio receptor aprobado por separado; la aprobación como Proveedor no otorga ese rol.

    Este Acuerdo no crea una franquicia, sociedad, empresa conjunta ni facultad para actuar como profesional con licencia. No garantiza trabajo, exclusividad, territorio, un mínimo de contactos de clientes potenciales, ingresos ni renovación de la relación.

  3. 3. Empresa independiente; personal, impuestos y gastos

    Las partes tienen la intención de establecer una auténtica relación de contratista independiente, no una relación laboral. Con sujeción a la legislación aplicable y a los requisitos lícitos de la Empresa sobre resultados, protección del cliente, privacidad y actividad autorizada, el Proveedor controla sus propios métodos, horario y lugar de trabajo, aporta su propio equipo y asume sus gastos comerciales ordinarios. El Proveedor puede prestar servicios a terceros, con sujeción a las obligaciones de confidencialidad y de conflictos de intereses de este Acuerdo. No se establece un mínimo de horas ni una obligación de prestación exclusiva de servicios.

    Ni el Proveedor ni su personal podrán presentarse como empleados de CTC. El Proveedor es responsable de su propio personal; este Acuerdo no convierte a CTC en su empleador, con sujeción a la legislación aplicable. El Proveedor es responsable de sus propios registros comerciales, licencias requeridas, seguros, impuestos sobre la renta y sobre el trabajo por cuenta propia, y obligaciones relativas al personal. No se promete salario, prestaciones, pago de horas extras, reembolso de gastos ni remuneración base garantizada, salvo que se acuerde por separado por escrito o lo exija la ley.

    La Empresa emitirá los formularios de declaración fiscal aplicables, incluido el Formulario 1099-NEC cuando la ley lo exija, y efectuará las retenciones exigidas por ley. La información fiscal requerida debe proporcionarse mediante un proceso seguro aprobado por la Empresa, y no introducirse en formularios públicos ni en comentarios sobre contactos de clientes potenciales.

    La clasificación jurídica real depende de la relación y de la legislación aplicable; este Acuerdo no supone la renuncia a ningún derecho irrenunciable de los empleados o trabajadores ni prevalece sobre una determinación de una autoridad competente.

  4. 4. Honestidad, protección del cliente y conductas prohibidas

    Se prohíben las declaraciones falsas, las estafas, el engaño y el fraude. El Proveedor debe identificar con exactitud su función real, tratar a las personas con respeto y proporcionar información veraz.

    El Proveedor no debe:

    • Hacerse pasar por la Empresa, un abogado con licencia, un ajustador de seguros, un contratista, un proveedor de servicios médicos, una aseguradora, una agencia gubernamental u otra persona.
    • Afirmar que un cliente tiene garantizados la aceptación, una compensación, un pago del seguro, cobertura, reparaciones, un acuerdo de resolución u otro resultado.
    • Inventar o exagerar daños, lesiones, incidentes, consentimiento, firmas, interés del cliente, intentos de contacto o documentos.
    • Enviar información inventada, robada, comprada sin autorización, reutilizada o duplicada deliberadamente para obtener una compensación.
    • Instruir a un cliente para que mienta, fabrique pruebas, oculte información pertinente o presente una reclamación sin fundamento.
    • Presionar, amenazar, acosar, discriminar o explotar a un cliente potencial.
    • Solicitar contraseñas, credenciales bancarias, pagos de clientes o documentos sensibles innecesarios mediante el proceso de admisión de proveedores.
    • Cobrar al cliente una tarifa de CTC, recaudar dinero para CTC, aceptar un depósito u ofrecer un descuento, regalo, comisión indebida o incentivo no autorizado.
    • Hacer declaraciones de que CTC respalda conductas ilegales o de que el envío de un cliente potencial establece una relación de representación profesional.
    • Usar anuncios no aprobados, nombres comerciales engañosos, identificadores de llamadas engañosos o la identidad de marca de la Empresa sin autorización.
  5. 5. Obtención lícita y límites de los servicios sujetos a licencia

    El Proveedor debe cumplir los requisitos aplicables sobre captación comercial, telemercadeo, mensajes de texto, correo electrónico, prohibiciones de contacto, privacidad, protección del consumidor y licencias. Una opción de captación en la plataforma no constituye permiso para utilizar ese canal. Respete de inmediato las solicitudes de no recibir comunicaciones y las restricciones de contacto e infórmelas a CTC.

    No se permite grabar, realizar contactos automatizados, enviar mensajes masivos ni utilizar listas de terceros, salvo que la Compañía lo autorice específicamente y sea legal. El Proveedor no podrá brindar asesoramiento jurídico, evaluar la responsabilidad legal, interpretar la cobertura para un cliente, preparar o negociar reclamaciones de seguros, realizar ajustes de siniestros ni llevar a cabo ninguna actividad que requiera una licencia profesional sin la licencia exigida y un ámbito de actuación específico aprobado.

    No se podrá activar ninguna categoría de clientes potenciales, hito de pago ni acuerdo de remisión hasta que la Compañía haya confirmado los requisitos legales aplicables. El hito de cliente con contrato firmado de la Sección 8 no debe utilizarse para una categoría en la que estén prohibidos el pago condicionado a la contratación de un abogado u otro profesional, las comisiones por remisión o el reparto de honorarios; un cuadro escrito de remuneración específico para la categoría y conforme a la ley debe establecer el hecho que permite generar ingresos antes de que comience ese trabajo. Si no se aplica ningún cuadro conforme a la ley, no capte ni presente clientes potenciales a cambio de remuneración en esa categoría. Este Acuerdo no crea ningún derecho a honorarios ilegales, reparto de honorarios prohibido, comisiones ilícitas ni pagos basados en la indemnización obtenida por un cliente. El mero hecho de denominar un pago como tarifa de marketing, tarifa por cliente potencial o comisión adicional no elimina las restricciones legales.

  6. 6. Normas de envío y registros conservados

    Cada envío debe contener la información requerida que esté a disposición del Proveedor, una descripción precisa, la fuente y los permisos necesarios para el contacto y para cualquier intercambio de información propuesto. La información desconocida debe identificarse como tal. El Proveedor garantiza que tiene autoridad para enviar la información y que no ha ocultado ningún conflicto de atribución ni otro hecho relevante.

    La Empresa asigna referencias permanentes a los contactos de clientes potenciales. Los originales enviados no deben eliminarse ni sobrescribirse. Los Proveedores pueden añadir seguimientos autorizados con fecha y hora y solicitar correcciones; las correcciones aprobadas conservan el historial. Nadie puede alterar indebidamente la cuenta, el contacto de cliente potencial, la atribución, el registro financiero ni el historial de auditoría de otro usuario.

    Una constancia de envío, un número de cliente potencial, un estado de revisión o una asignación a un socio no constituyen, por sí solos, prueba de que se haya ganado una comisión. Las disputas por duplicados o atribución se investigan utilizando las pruebas disponibles y reglas documentadas que se aplican de manera uniforme; no se adeuda automáticamente una remuneración doble por el mismo evento que reúne los requisitos.

  7. 7. Planes de remuneración y derechos de la Empresa para fijar tarifas

    La Empresa determina qué programas lícitos de captación de clientes potenciales ofrece y puede ofrecer distintas tarifas, bonificaciones, hitos o condiciones a distintos representantes o captadores. Ningún Proveedor tiene derecho a la tarifa de otro captador ni a la tarifa más alta ofrecida.

    La tarifa aplicable, la categoría, el evento que da derecho a remuneración y cualquier reparto aprobado deben establecerse en una tabla de remuneración escrita o en un acuerdo de la plataforma con control de versiones, aceptado antes del trabajo correspondiente de captación de clientes potenciales. Si no se aplica ninguna tabla de remuneración, el Proveedor no debe realizar trabajo esperando un pago que no se haya acordado.

    La Empresa puede modificar o descontinuar programas y tarifas futuros mediante aviso previo por escrito o en la plataforma. Los cambios sustanciales en la remuneración requieren aceptación antes del trabajo futuro afectado. Un Proveedor puede rechazar trabajo futuro o poner fin a la relación. Los cambios no reducen retroactivamente la remuneración devengada conforme a una tabla vigente ni alteran el tratamiento acordado de los contactos de clientes potenciales enviados anteriormente sin un acuerdo expreso lícito.

    No se paga por el mero reclutamiento, una solicitud pública, el registro de una cuenta, un envío sin procesar ni un contacto de cliente potencial no aprobado. No hay remuneración base, reembolso de gastos ni bonificación, salvo que se documenten por separado.

  8. 8. Clientes potenciales aprobados y firmados; regla de pago de catorce días

    Un «Cliente potencial aprobado y con firma» significa un cliente potencial que:

    (a) se obtuvo lícitamente y se envió conforme a un esquema de remuneración activo y aceptado;

    (b) cumple los requisitos objetivos de calidad del cliente potencial, permiso, atribución, territorio y demás requisitos de elegibilidad indicados en ese esquema;

    (c) cuenta con la firma auténtica requerida del cliente y la aceptación del proveedor de servicios correspondiente en el acuerdo de servicios aplicable, según lo verificado por CTC, cuando este sea un hito legalmente permitido; y

    (d) ha sido aprobado para remuneración por personal autorizado de CTC con pruebas de respaldo documentadas.

    Una firma en la solicitud de Proveedor, en este Acuerdo, en una constancia de recepción inicial o en una casilla de consentimiento no cumple el hito del acuerdo de servicios del cliente. Un estado de recepción inicial de "Calificado" o una constancia de recepción del socio no constituye automáticamente una aprobación de remuneración.

    Para un cliente potencial aprobado y firmado que cumpla con la ley, la Empresa pagará la remuneración acordada dentro de los catorce (14) días naturales posteriores a la fecha que sea más tardía entre la fecha verificada de firma del cliente o de aceptación requerida y la fecha documentada de aprobación de la remuneración por parte de la Empresa. Este plazo es de días naturales, no de catorce días hábiles. La Empresa no retrasará injustificadamente la verificación o la aprobación para posponer el pago. Prevalecerá cualquier plazo de pago obligatorio más corto.

    La Empresa puede retener un importe específicamente controvertido por un problema documentado y planteado de buena fe relacionado con fraude, falta de pruebas, duplicación, elegibilidad o restricciones legales, con sujeción a la legislación aplicable. Proporcionará al Proveedor el motivo y la información razonablemente necesaria para resolver el problema, lo revisará sin demora y pagará puntualmente los importes no controvertidos. No retendrá indefinidamente todos los ingresos porque se cuestione un contacto de cliente potencial.

    El cobro previo de CTC a un socio no es una condición adicional conforme a este Acuerdo. Cualquier condición de cobro distinta debe negociarse por separado, comunicarse claramente y ser legalmente admisible antes del trabajo afectado.

    Una cancelación posterior ordinaria o la falta de pago de un socio no elimina automáticamente una comisión devengada. El fraude, un pago duplicado, un error sustancial o una condición de cancelación lícita expresamente divulgada pueden justificar un ajuste auditado. Informe al Proveedor del motivo y dele la oportunidad de responder; aplique compensaciones únicamente cuando lo autoricen la ley y el acuerdo aplicable. Nunca elimine el historial financiero.

  9. 9. Personal del proveedor, empresa beneficiaria del pago y asignaciones

    El Proveedor es el negocio que suministra contactos de clientes potenciales, no un colaborador receptor. Su firmante autorizado garantiza que puede obligar al negocio identificado; un empresario individual contrata bajo su propia identidad legal, y cualquier nombre comercial se registra por separado. El Proveedor debe mantener exactos su nombre legal y sus datos de contacto, titularidad/control y usuarios autorizados, e informar sin demora de los cambios sustanciales. CTC puede verificar de manera razonable, mediante un proceso seguro, la existencia del negocio, las facultades de representación, las licencias y los seguros pertinentes para las actividades aprobadas.

    El personal del Proveedor solo podrá usar la plataforma si CTC ha autorizado por separado sus cuentas individuales y su acceso a la organización. No se permite compartir contraseñas, conceder acceso automático a toda una empresa ni transferir cuentas. El Proveedor debe garantizar que su personal y sus subcontratistas aprobados cumplan estas condiciones, protejan los datos de los clientes y cuenten con toda autoridad exigida por la ley. El Proveedor sigue siendo responsable del trabajo que realicen en su nombre, de su supervisión, remuneración, impuestos y obligaciones laborales, con sujeción a la legislación aplicable. Al dar de baja a un miembro del personal, se debe retirar sin demora su acceso a la plataforma; el envío original y el registro de auditoría se conservarán.

    A menos que un acuerdo escrito independiente aprobado por CTC identifique a otros beneficiarios de pago legalmente permitidos, CTC pagará únicamente a la empresa Proveedora aprobada conforme a su esquema de remuneración aceptado. Los salarios internos, las comisiones o los pagos a subcontratistas son responsabilidad del Proveedor y no aumentan la obligación de CTC. CTC no garantiza las promesas privadas del Proveedor a su personal o a otras empresas.

    La participación del Proveedor no inscribe a nadie en el programa de referidos multinivel de Representantes ni genera una bonificación por reclutamiento, una comisión sobre la actividad de otros, una participación para niveles superiores ni el derecho a designar subproveedores. Cualquier reparto independiente de pagos por referidos o de pagos directos requiere la aprobación expresa de CTC, el acuerdo de las partes afectadas, la elegibilidad legal y un esquema escrito con control de versiones antes del trabajo correspondiente. Una asignación solo puede dividir un fondo acordado disponible; no puede generar comisiones completas duplicadas, modificar la participación de otro participante ni otorgar acceso a los clientes potenciales de otra organización. El reclutamiento por sí solo no genera remuneración.

  10. 10. Confidencialidad y seguridad de la información

    La información de los clientes, los acuerdos no públicos, los precios, las credenciales, la información de los socios, los métodos internos y los registros de la plataforma deben utilizarse únicamente para trabajos autorizados de la Empresa. El Proveedor no debe venderlos, publicarlos, exportarlos, compartirlos ni reutilizarlos para actividades de marketing personal o para otro negocio, salvo que esté autorizado o lo exija la ley.

    Use credenciales individuales y sistemas aprobados; no comparta contraseñas, eluda controles de acceso ni introduzca información sensible en herramientas personales de IA, formularios públicos, servicios de mensajería no seguros o cuentas en la nube no aprobadas. Informe inmediatamente al descubrir cualquier sospecha de pérdida, divulgación no autorizada, vulneración de una cuenta o suplantación de identidad de un cliente, y coopere para contener el incidente.

    Al terminar la relación o cuando se solicite, devuelva o elimine de forma segura la información de la Empresa de los sistemas personales, sujeto a las obligaciones legales documentadas de conservación. No elimine los originales de la plataforma de la Empresa. La confidencialidad no restringe las denuncias protegidas por la ley, la cooperación con los organismos reguladores ni las divulgaciones exigidas por la ley.

  11. 11. Identidad de marca, materiales y comunicaciones con los clientes

    CTC concede únicamente un derecho limitado y revocable a utilizar materiales aprobados de la Empresa para servicios autorizados durante la relación. El Proveedor no debe registrar dominios o cuentas cuya similitud pueda causar confusión, modificar el logotipo, atribuirse la propiedad de la identidad de marca de CTC ni insinuar que tiene facultades más amplias que las concedidas.

    Los materiales de la Empresa y los entregables autorizados creados específicamente para la Empresa pertenecen a la Empresa en la medida permitida por la ley; los materiales preexistentes del Proveedor siguen siendo de su propiedad, y los derechos de uso necesarios se acordarán por separado. Los datos personales de los clientes siguen sujetos a los derechos de privacidad y a las restricciones de uso lícito, y no se consideran propiedad de uso irrestricto.

  12. 12. Suspensión y terminación en cualquier momento

    La Empresa puede suspender el acceso o poner fin a la relación en cualquier momento, con o sin causa, mediante aviso escrito o electrónico, con sujeción a las normas legales imperativas y a cualquier acuerdo firmado que prevalezca. Se permite la suspensión inmediata ante sospechas de fraude, riesgos para la seguridad de las personas, incidentes de seguridad, actividades ilícitas o incumplimientos sustanciales. El Proveedor también puede poner fin a la relación mediante aviso por escrito.

    Al terminar la relación, deje de representar a la Empresa, de realizar nuevos envíos y de usar su identidad de marca, y devuelva o proteja su información. La terminación no cancela automáticamente los derechos de pago por clientes potenciales enviados previamente. Su elegibilidad y los eventos posteriores que cumplan los requisitos siguen rigiéndose por el esquema aplicable en el momento del envío, incluidas las condiciones legales comunicadas previamente. Después de la terminación, no se autoriza ningún nuevo trabajo de captación de clientes potenciales ni ingresos futuros indefinidos por reclutamiento.

    La compensación devengada y no disputada sigue siendo pagadera conforme al calendario acordado. La confidencialidad, la integridad de los registros, las obligaciones de ajuste conforme a la ley, los derechos de pago adquiridos y las disposiciones sobre controversias siguen vigentes según corresponda.

  13. 13. Responsabilidad por conducta indebida y reclamaciones de terceros

    El Proveedor es responsable de sus propios actos, omisiones y compromisos no autorizados. En la medida permitida por la ley, el Proveedor indemnizará a la Empresa por las reclamaciones de terceros, las pérdidas resultantes y los gastos legales razonables, en la medida en que sean causados por fraude, conducta indebida intencional, captación ilícita, incumplimiento sustancial de la confidencialidad o incumplimiento sustancial de este Acuerdo por parte del Proveedor.

    Esto no exige indemnización por la propia negligencia, fraude, conducta dolosa u obligaciones irrenunciables de la Empresa. La Empresa notificará con antelación razonable cualquier reclamación cubierta por la indemnización y permitirá una participación razonable en su defensa. Ningún acuerdo de resolución podrá imponer una admisión o una obligación no monetaria a la otra parte sin su consentimiento.

  14. 14. Disponibilidad de la plataforma y limitación de responsabilidad

    La Empresa no garantiza la disponibilidad continua de la plataforma, un volumen determinado de contactos de clientes potenciales, la aceptación de clientes ni resultados comerciales. Los Proveedores deben informar sin demora de los problemas de envío o pago y no deben suponer que se recibió una entrada que no se guardó.

    En la medida permitida por la ley, ninguna de las partes será responsable en virtud de este Acuerdo por lucro cesante especulativo ni por daños indirectos o consecuentes. La responsabilidad contractual total de la Empresa se limita al mayor de los siguientes importes: $1,000 o la remuneración pagada o pagadera al Proveedor durante los doce meses anteriores al hecho que dio lugar a la reclamación.

    Estas limitaciones no limitan las obligaciones de pago de remuneraciones devengadas ni la responsabilidad por fraude, conducta indebida intencional u otras responsabilidades cuya limitación prohíba la legislación aplicable. Ninguna cláusula libera a una parte de obligaciones a las que no se pueda renunciar legalmente.

  15. 15. Disputas, legislación aplicable y notificaciones

    Envíe las preguntas sobre cuentas, compensación y el Acuerdo a info@ctconestop.com, indicando la referencia pertinente del cliente potencial o pago sin incluir datos sensibles innecesarios. Las partes primero harán un esfuerzo de buena fe para resolver cualquier controversia directamente. Los procedimientos internos de reclamación no acortan los plazos legales, no suponen una renuncia a derechos ni impiden las denuncias ante organismos reguladores protegidas por la ley o la obtención de amparo judicial conforme a derecho.

    Se aplica la legislación de Florida, excluidas sus normas sobre conflictos de leyes, salvo cuando la legislación imperativa aplicable exija lo contrario. Toda acción judicial deberá presentarse ante un tribunal con jurisdicción y competencia territorial adecuadas conforme a la legislación aplicable. Este Acuerdo no establece ninguna obligación de arbitraje ni renuncia a acciones colectivas o al juicio por jurado.

    CTC puede enviar avisos al correo electrónico registrado del Proveedor o mediante un aviso duradero en la plataforma con una copia registrada. El Proveedor debe mantener datos de contacto exactos. Las modificaciones sustanciales se aplican de forma prospectiva tras la notificación y la aceptación expresa cuando sea necesaria; no se permiten cambios retroactivos sin aviso.

  16. 16. Acuerdo completo; prelación; aceptación

    Este Acuerdo, la tabla de remuneración aceptada y cualquier adenda firmada constituyen el acuerdo para los servicios autorizados del Proveedor. Si hay contradicción entre las condiciones, prevalecen primero las normas legales imperativas, luego una adenda firmada específicamente aplicable, después la tabla de remuneración aceptada específica para el contacto de cliente potencial en cuestiones de remuneración y, por último, estas condiciones generales. Los textos publicitarios públicos o la promesa de una persona no autorizada no modifican un acuerdo aceptado.

    Una disposición que no pueda hacerse cumplir se eliminará o limitará únicamente en la medida permitida por la ley; las disposiciones restantes seguirán vigentes. No exigir el cumplimiento de una disposición en una ocasión no constituye una renuncia permanente. El Proveedor no podrá ceder este Acuerdo, transferir una cuenta ni delegar el acceso a la plataforma sin la aprobación de la Empresa. La aprobación de una organización no implica automáticamente la aprobación de su personal ni de sus subcontratistas.

    La aceptación electrónica debe ofrecer la oportunidad de leer, descargar y conservar el Acuerdo completo y el esquema de compensación, identificar al Proveedor que acepta y registrar las versiones aceptadas y el momento de aceptación. Antes de enviar la solicitud, el solicitante debe recibir el Acuerdo completo y marcar expresamente una casilla de aceptación inicialmente desmarcada. La Empresa debe conservar esa aceptación junto con la solicitud, incluso si esta se deniega o se retira, conforme a la política de conservación aplicable. En la etapa de solicitud, no se presume aceptado ningún esquema de compensación. Cualquier esquema posterior y la aprobación operativa de la Empresa deben registrarse por separado. No se permite ninguna aceptación premarcada ni la activación automática para operar.

Reconocimiento del firmante autorizado del proveedor

"Estoy autorizado para presentar esta solicitud y obligar al Proveedor identificado en ella. He leído y acepto, en nombre de dicho Proveedor, los Términos y condiciones para proveedores de clientes potenciales de CTC ProCare Services, LLC para CTC One Stop. Entiendo que presentar una solicitud no garantiza la aprobación, no crea una relación laboral, no activa el acceso al portal ni autoriza el trabajo con clientes potenciales. La participación operativa requiere la aprobación por separado de CTC, la activación y la aceptación de un esquema de remuneración aprobado. El Proveedor y su personal no pueden tergiversar a CTC, estafar a los clientes ni asignar socios receptores."

Registro de aceptación: nombre legal/empresarial del Proveedor; tipo de entidad y nombre comercial, si lo hay; nombre, cargo y confirmación de facultades del firmante autorizado; versión del Acuerdo; esquema de remuneración/versión, si se acepta por separado posteriormente; fecha/hora de aceptación; responsable de aprobación de la Empresa/fecha; y pruebas proporcionales de aceptación electrónica. No incluya identificaciones fiscales ni datos bancarios en la casilla de aceptación ni en los registros de auditoría ordinarios.

Esta página es la versión 1.0 texto al que hace referencia el registro de aceptación conservado con cada solicitud de proveedor. El aviso de solicitud, el aviso de privacidad de la solicitud y los términos del sitio web de solicitudes siguen siendo documentos separados.